Pregunta
voy a enviar fotos a una agencia de stock para su revisión. Creo que debería registrar el derecho de autor de estas fotos antes de que los presentará a la Agencia de valores. Me di cuenta de que hay una diferencia en la forma de derechos de autor entre el trabajo publicados y no publicados. Mis fotos nunca se han publicado por lo que estaba planeando hacer un registro de grupo de fotos inéditas. Si las fotos son aceptados por la Agencia de almacenamiento tengo que volver a registrar las fotos tal como se publicó?
Otra pregunta-si puedo publicar mis fotos en un sitio web que es considerada la "publicación"?
Respuesta
Hola Brian,
Es inteligente para enviar sus fotos en la oficina de derechos de autor. Su pregunta es una que surge a menudo y si se llama a la oficina de derechos de autor dos veces en un día, que voy a decir algo diferente cada vez!
Usted no tiene que volver a registrar las imágenes una vez se han registrado, siempre y cuando estén registrados antes de que sean publicados. (Y esto puede llevar algún tiempo) Usted tiene que volver a registrarse si están alterados de ninguna manera.
Como se indica a continuación de la página web copyright.gov, no está claro que sus imágenes en el sitio web son considerados publicó: uno nota es que puede ser más seguro registrarlas como publicada, como un caso judicial tenía una imagen por error registrado como publicó pero esto no hizo el registro en-válida
"en el copyright actual. ley, 損 UBLICACIÓN? se define como 搕 que la distribución de copias o fonogramas de una obra al público mediante venta u otra transferencia de la propiedad, o por alquiler, arrendamiento o préstamo. la oferta para distribuir copias o fonogramas a un grupo de personas a los efectos de su posterior distribución, reproducción pública o exhibición pública, constituye publicación. una actuación o exhibición pública de una obra no lo hace por sí solo a la publicación? (17 USC sec. 101). "